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| José Luis Castro, juez de vigilancia penitenciaria de la Audiencia Nacional |
El juez de vigilancia penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, ha revocado este miércoles la decisión del Gobierno vasco de conceder la semilibertad a la que fuera jefa de ETA María Soledad Iparraguirre Guenechea, alias Anboto, y al también etarra Juan Ramón Carasatorre Aldaz, Zapata, condenado por el asesinato del concejal del PP en San Sebastián Gregorio Ordóñez y otras dos personas. La decisión del magistrado, que es recurrible, impide que ambos reclusos sigan saliendo de lunes a viernes de prisión durante varias horas al día como hacían desde que el Departamento de Justicia y Derechos Humanos, que encabeza la socialista María Jesús San José, acordó aplicarles el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario (El País)
Regreso de terroristas a prisión
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| María Jesús San José, la socialista vasca que se preocupa por las víctimas de Franco pero excarcela a los asesinos de ETA |
El rechazo por el juez de Vigilancia Penitenciaria de la excarcelación de ‘Anboto’, exjefa de la banda terrorista ETA, reclama a PSOE y PP una reflexión sobre el artículo 100.2
Como dice un comentario, si la concesión de libertad a un terrorista asesino sólo es el fruto de la complicidad de políticos corruptos, como cómplices se les debe aplicar el mismo castigo
Una Consejera excarcela etarras y la Justicia lo tumba.
— Jon Echeverría (@Jon_Echeverria_) April 23, 2026
No hay otra: DIMISIÓN. pic.twitter.com/vJPAQfn2ay
Las excarcelaciones de Soledad Iparraguirre, ‘Anboto’, el 24 de marzo, y Juan Ramón Carasatorre el 2 de enero no debieron producirse. La decisión del juzgado de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional de revocar la concesión por el Gobierno vasco de la semilibertad a la exjefa de ETA y al condenado por el asesinato de Gregorio Ordóñez cuestiona la aplicación por el Departamento de Justicia del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario a ambos reclusos. Se trata de una resolución recurrible, que en lo inmediato supone su retorno a prisión, donde permanecerán en segundo grado.
Sobre Iparraguirre, el juez José Luis de Castro recuerda la gravedad de los delitos por los que fue condenada, acumulados en una pena de 30 años. No completará las tres cuartas partes hasta el próximo marzo y su licenciamiento definitivo sólo llegará en septiembre de 2034. Flexibilizar su régimen de cumplimiento, añade el magistrado, exige una justificación individualizada motivada en el proceso de reinserción social. En este punto, subraya que la reclusa no ha disfrutado de permiso alguno, lo que impide valorar su evolución.
En lo que respecta a Carasatorre, Vigilancia Penitenciaria censura que la medida excepcional que relaja su encarcelamiento fue decidida “unilateralmente por el centro directivo” de la cárcel. La resolución representa un respaldo a las críticas de asociaciones de víctimas del terrorismo al uso del artículo 100.2 como una suerte de ‘atajo hacia la semilibertad’; esta vía impide el recurso de la Fiscalía, que sólo puede hacerse oír mediante un escrito que no paraliza la salida a la calle de los beneficiarios.
Tanto el partido en el Gobierno central como el que lidera la oposición son destinatarios del llamamiento del juez a reflexionar sobre la disposición que permite excarcelaciones anticipadas sin control judicial previo. La aplicación del 100.2 a ‘Anboto’ y Carasatorre ocasiona “desasosiego innecesario en las víctimas y ciudadanía” y “falsas expectativas” en los presos. Consideraciones que PSOE y PP deben tener en cuenta antes de enzarzarse en su enésimo enfrentamiento.
He recibido un correo de Covite al que adjutan un comunicado respaldando la decisión judicial que deja sin efecto los artículos 100.2 concedidos a los etarras Soledad Iparraguirre, ‘Anboto’, y Juan Ramón Carasatorre. Aquí lo tenéis:
https://covite.org/destacada/covite-respalda-la-decision-judicial-que-deja-sin-efecto-los-articulos-100-2-concedidos-a-los-etarras-soledad-iparraguirre-anboto-y-juan-ramon-carasatorre/





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